martes, 28 de mayo de 2013

EL METODO DE ENSEÑANZA EN LAS ESCUELAS SECUNDARIAS

Pensar que se puede ser maestro por solo hecho de haber cursado materias pedagógicas es gravísimo error, las reglas pedagógicas son de muy escaso valor efectivo y que no son indispensables para lograr buen éxito, para poder ser maestro se debe dominar la materia, tener fe en la eficiencia de los métodos y procedimientos de enseñanza.
La ordenación de los conocimientos humanos conocida con el nombre de “clasificación de las ciencias” por Augusto Comte, los criterios serial o lógico, histórico y didáctico de la citada clasificación han prevalecido en la formación de los planes de estudios de nuestras escuelas secundarias. Por tal es  indispensable para todo maestro saber tanto la materia que enseña como la manera de enseñarla, aplicando los principios psicológicos sobre los cuales deben basarse la instrucción y la educación también que se tenga perfecto conocimiento del alumno en lo relativo a sus poderes mentales,  a su grado de desarrollo y  la noción perfecta de que en la adolescencia hay caracteres físicos (cierta disminución en el exceso de energía, rápido crecimiento), intelectuales(inestabilidad emocional) y morales.
El mal uso de los libros de texto era porque todo el trabajo era para el alumno y solo retenía en la memoria las nociones del texto conformándose con lo poco que se les quedaba de las lecciones orales. Sin tener un guía seguro y firme que complete la labor del maestro y le proporcione la ventaja de formarse el a habito del estudio. El método que se emplee en las escuelas secundarias debe tomar en cuenta los caracteres del desarrollo del adolescente y no dejar fuera la operación genuinamente educativa de la enseñanza.
Las formas típicas de desarrollo e instrucción son principalmente las de Bagley que son:
        Preparación de clases
        Lección inductiva.- Se recomienda seguir los siguientes pasos elaborados por Herbart
        Preparación debe servir para relacionar las nociones adquiridas anteriormente con las que son objeto de la lección que se da.
        Designación del objeto capital de la lección es la conexión de lo ya conocido con lo nuevo por enseñar, haciendo concentrar la mente del alumno y rodeando de interés al nuevo punto de estudio.
        Presentación, puede hacerse uso de objetos directamente o de sus representaciones
        Comparación y abstracción es la transición de los detalles que comprenden a un agregado que ha sido objeto de análisis a la construcción que debe preceder a la formación del juicio.
        Generalización permite la formación de juicios, proposiciones, reglas, definiciones, leyes o principios.
        Aplicación es lo que la generalización construyo sirva para futuras situaciones.
        Lección deductiva que tiene como ventaja el ligar, ampliar y extender el proceso inductivo.
        Estudio de la lección.- Es el señalamiento de la materia y al trabajo de escritorio que el alumno debe llevar a cabo.
        Desarrollo de la lección a la hora de clase.- se propone  lo siguiente para este paso
        Los alumnos exponen los puntos que han estudiado
        El maestro aclara los puntos difíciles
        Se llagara por maestro y alumnos a la ilustración concreta de los detalles importantes
        Ampliación del texto por medio de materia suplementaria
        Resumen sistemático de lo estudiado y relacionarse los conocimientos anteriores de la clase.
        Ejercicios derivados.- Aquí se asegura el funcionamiento de la experiencia como habito
        Revisión de trabajos
        Comprobación por reconocimiento o examen.- Es necesario comprobar periódicamente los resultados de la enseñanza
La escuela secundaria debe hacer que el alumno, ejercitando su propia actividad, investigue y descubra por sí mismo las verdades de la ciencia, para que los conocimientos de que se este modo adquiera, sean durables y se incorporen a su espíritu como convicciones propias.

LOS CONGRESOS DE INSTRUCCIÓN Y SUS PRINCIPIOS RECTORES

La cruzada educativa emprendida en la década de los 80s fue única en la historia de la educación en el siglo XIX en México, se efectuaron 4 congresos, todos ellos celebrados en la capital de la república. El primero en 1882, fue el congreso higiénico pedagógico, que relacionaba el aspecto educativo con el higiénico.
Participaron médicos y maestros, quienes discutieron sobre las condiciones higiénicas que debían tener las escuelas primarias, como debía ser el mobiliario escolar higiénico y económico, que requisitos debían cumplir los libros y los útiles escolares para que no afectaran la salud de los alumnos. Una de las resoluciones que se tomaron fue que las escuelas públicas no debían situarse en casa de vecindad, estas debían tener buenas condiciones salubres.
 
La uniformidad
 
El mayor problema de la unificación nacional era el problema mismo de la independencia. Francisco Cosmes opinó sobre el sentido de la palabra uniformar, si esto quería decir hacer extensiva en todo el país la instrucción elemental en cuanto a sus bases fundamentales de obligatoria, laica y gratuita, estaba de acuerdo; pero si se refería a los métodos, procedimientos de enseñanza, textos y sanción del precepto de instrucción obligatoria, significaba centralizar la educación y por lo tanto iba en contra de la soberanía de legislar libremente.
En conclusión se decidió que la uniformidad en la educación nacional consista en la enseñanza obligatoria, gratuita y laica. Por otra parte, habría sanciones para hacer efectivo el precepto de que la primaria se cursaría de los 6 a los 12 años de edad. También se hizo hincapié en que los programas de enseñanza serían uniformes para toda la república.
El  Laicismo
Fue comprendido, en  conclusión como sinónimo de neutral, nunca como antirreligioso o sectario. Los congresistas apoyaron el criterio de Miguel Serrano y Ramón Manterola, quienes sostenían que el estado debía respetar la libertad de conciencia y libertad de culto. La comisión finalmente concluyo que la libertad de conciencia y la libertad de cultos obligaba a respetar, fuera de la escuela oficial, toda decisión de los padres sobre la educación de sus hijos, de tal manera que se respetaron las creencias de las escuelas particulares, siempre y cuando no atacaran a las instituciones.
En 1889 se inauguró el Primer Congreso de la Instrucción Pública con la idea predominante de lograr la unidad nacional. En la convocatoria se mencionaba que en todos los ramos de la administración, salvo en la educación, dominaba un espíritu de unidad nacional. Por ende era necesario que los estados, el distrito y los territorios federales uniformaran su legislación y sus reglamentos escolares. México siguió el ejemplo francés al tomar la gratuidad absoluta, la obligatoriedad y el laicismo de las escuelas públicas en 1881 y 1882. Los puntos principales que se sometieron a la deliberación del Congreso, fueron la instrucción primaria laica, obligatoria y gratuita, pero también se discutió sobre las materias, los métodos de enseñanza y otros temas. El primero de diciembre de 1890 se inauguró el Segundo Congreso de Instrucción Pública.

domingo, 26 de mayo de 2013

LA ESCUELA EN 1870

La lectura nos habla sobre como era impartida la educación en las escuelas antiguas, por lo general eran marcadas con mucha disciplina, aquí cito algunos puntos importantes sobre la lectura:
 
  • Estas Escuelas tenían el lema “LAS LETRAS CON SANGRE ENTRAN”.
 
  • La escuela tenía un aspecto lúgubre, era una sala ordinariamente larga, estrecha, fría, con bancos ennegrecidos, las paredes de un color impuro y llenas de grietas, estaban desnudas, sin decoraciones.
  • Los castigos eran muy severos y fuertes.
  • En el aspecto intelectual a los niños se les enseñaba primero a leer, lecturas que según el autor no tenían sentido para la educación de los alumnos, después se les enseñaba a escribir según los 8 renglones, posteriormente las 4 reglas que son sumar, restar, multiplicar y partir, consideraban que esto era suficiente, a esto le seguía la doctrina cristiana del padre Ripalda la cual era el más temible.
  • Los sábados debían asistir a la escuela para hacer como un repaso de lo aprendido durante la semana en el catecismo y si no daban bien la lección eran cruelmente castigados.
  • Se dividían a los alumnos por castas y ocupaban bancos diferentes, a los indios sólo se les enseñaba el catecismo en un español muy malo y a viva voz pues no tenían acceso a la lectura.
  • Las mujeres difícilmente tenían acceso a la educación, entraban a la Amiga y de ahí pasaban al convento.
  • Después de la escuela los alumnos podían entrar al comercio o las artes y si tenía comodidades podía acceder a alguna de las 4 carreras que habían: la eclesiástica, la de abogado, la militar o la de médico.
 
ESCUELA CONTEMPORÁNEA
·         Varias sociedades privadas tomaron a su cargo la protección de la enseñanza primaria (compañía Lancasteriana, la sociedad de beneficencia para la instrucción y amparo de la niñez desvalida y la Sociedad Católica)
·         Instituciones privadas se reservaban el derecho de enseñar el menosprecio a la República, el odio a la autoridad y las viejas doctrinas de la escuela antigua.
·         Directores activos, perseverantes, profesan ideas avanzadas.
 

martes, 21 de mayo de 2013

“LA ESCUELA DEL CAMPO” Y “EL MAESTRO DE ESCUELA”

LA ESCUELA DEL CAMPO
En esta lectura se comparó la gran diferencia que existe entre la escuela de la ciudad y la del campo, se describía a la de la ciudad y sus condiciones eran malas, si era así en la ciudad ¿cómo estarían las del campo? Por ser las más alejadas a las grandes ciudades, las comunidades del campo toda la vida han sufrido de abandono por parte de las autoridades y con la educación pasa exactamente lo mismo, se ha mantenido han mantenido en el olvido aquellas pequeñas comunidades.
EL MAESTRO DE ESCUELA
La enseñanza de las escuelas primarias estaba bajo el régimen doctrinal y del ayuntamiento de ahí era el caso la autorización de una licencia para el establecimiento de escuelas y del magisterio, de ahí se le consideraba como profesión libre.
A continuación menciono un pequeño resumen de las lecturas:
En las escuelas que eran y son de bajos recursos no hay instrucción, ni moral, ni nada que preparara un provenir a la juventud, por consiguiente el indio no aprendía a leer y eso explicaba su estado actual de barbarie y de abatimiento.

Durante la colonia en las escuelas del campo solo se enseñaba la doctrina cristiana, o para hablar con más propiedad, los rezos más insignificantes y que se hacían recitar de memoria a los niño, estos rezos eran, el Bendito, el Padre Nuestro, el Credo, el Ave María y los Mandamientos de la Santa Madre Iglesia y como no se les enseñaba al mismo tiempo el castellano, el aprendizaje de estos rezos era perfectamente inútil, pues no los comprendían.
 
Esto sucedía por que los alcaldes solían abrir una escuela para que se enseñaran los rezos de los catecismos o el subdelegado desterraba o mandaba engrillado en una mula al maestro de la escuela, regularmente era un pobrecillo mestizo que había aprendido a leer en la ciudad, y a quien la miseria obligaba a convirtiéndose en maestro de escuela, además desempeñaba por necesidad el empleo de sacristán, notario del cura, barría la iglesias, arelaba los ornamentos, confeccionaba las ostias, ayuda en la misa, era cantor, componía el monumento del jueves santo y el Belén en noche buena, enseñaba a rezar a las novias   y sus horas de ocio el infeliz tenía obligación de divertir al cura, al vicario y a la ama de llaves y su   sueldo variaba desde cinco pesos al mes hasta veinte.
 
 
 
 
 

miércoles, 15 de mayo de 2013

BLOQUE IV

EL PRINCIPIO DE LA INSTRUCCIÓN PRIMARIA GRATUITA, LAICA Y OBLIGATORIA
Esta lectura principalmente nos habla sobre la formación de la escuela primaria, la cual se dio primeramente en el estado de puebla. El autor nos mencionaba que la creación de esta escuela fue tardada, ya que esta estipulación que debía ser obligatoria tardo muchos años en ponerse en práctica. La creación de la primaria obligatoria el autor lo veía como un beneficio para la sociedad ya que se decía que la sociedad estaría preparada para un mejor trabajo, y una mejor calidad de vida. A continuación destaco algunos puntos importantes:
v  Se percibe al pueblo analfabético bajo un régimen opresor.
v  El silencio y la obediencia construían el programa de aquella educación intelectual y moral; la ignorancia era la cadena con la que eran atados los pueblos a la voluntad de sus señores. Pero cuando el pueblo es el encargado de la soberanía, cuando el hombre forma parte de esa colectividad que ejerce las antiguas funciones reales y las ejerce no arbitrariamente, sino conforme a las leyes y en armonía con los principios conservadores de la humanidad entonces no puede comprenderse que no sea instruido.
v  En los países europeos también surgían pensamientos referentes a la educación y uno de ellos era la obligación pero este presentaba grandes obstáculos.
v  Principalmente, se dirigía a la obligación de los padres; ya que el francés Harver mencionaba que había dos tipos de padres: aquellos que cumplían con su deber y son los que estarían a favor, en cambio los otros que se pondrían en contra.
v  Con las antiguas leyes la educación estaba más abandonada, predominaba el analfabetismo. Después, solo algunos cuantos tenían acceso a este servicio.
v  Con la promulgación de la constitución política de 1857 se intentó cambiar el concepto de educación.
v  Con lo anterior se tomaba a la educación como el medio para duplicar los frutos del trabajo y elevar dignidad humana y el arma más poderosa para hacer frente a la ambición y contra la tiranía.
v  Como bien sabemos, la educación en sus inicios solo era para unos pocos que pertenecían a las clases sociales altas.
 

martes, 7 de mayo de 2013

EDUCACIÓN, CAMINO ÚNICO

En esta lectura nos hace referencia sobre como se fue dando espacio a la educación en las diferentes etapas del tiempo por lo que se facilito hacer un pequeño resumen para rescatar algunas cuestiones relevantes.
 
Para el momento de la independencia la urgencia de la educación del pueblo estaba en la mente de todos los hombres consientes, como lo prueban las memorias presentadas por los mexicanos ante las Cortes de Cádiz y los escritos del Pensador Mexicano. Ramos Arizpe en su memoria antes las cortes de Cádiz consideraban que la educación es la base de la felicidad general. La educación pública es uno de los deberes de todo gobierno ilustrado y solo los déspotas y tiranos sostienen la ignorancia de los pueblos para más fácilmente abusar de sus derechos.
 

La misma Constitución expedida por las Cortes de Cádiz en 1812 (jurada en la Nueva España en septiembre y más tarde suspendida y restablecida dos veces) dejaba en manos de los ayuntamientos el cuidado de las escuelas elementales y señalaba como una de las obligaciones de las diputaciones promover la educación.
 
 
 

 
 
En todos los pueblos de la Monarquía se establecieron escuelas de primeras letras, en las que se enseñara a los niños a leer, escribir y contar y el catecismo de la religión católica que comprenderá también una breve exposición de las obligaciones civiles. No solo se establecía una instrucción cívica, sino también la uniformidad de la enseñanza de todo el reino.
Los dos empeños, el de la educación y el del estímulo del sentimiento nacional están presentes, aunque vagamente, en los “Sentimientos de la Nación” de Morelos y poco después en la Constitución de Apatzingán en sus artículos 39 y 117.
La preocupación por el problema educativo aparece por primera vez en el Proyecto del Reglamento Provisional del Imperio Mexicano del 18 de diciembre de 1822, en donde se reconocía la necesidad de que los establecimientos de instrucción estuvieran en consonancia “con el actual sistema político”.
Fracasado el Imperio, el Plan de la Constitución Política de la Nación que redacto José del Valle, el Padre Mier y Lorenzo de Zavala (13 de mayo de 1823), fijaba las bases por medio de los cueles se controlaría la educación en la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1824 quedo solo con potestad del gobierno, a través del Congreso, establecer toda clase de instituciones  educativas. Se declaraba que el mismo derecho tendrían los congresos estatales, pero no se especificaba nada acerca de la educación elemental que prácticamente quedo libre.

FINALIDADES DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA EN MÉXICO: UNA APRÓXIMACIÓN HISTÓRICA.

Esta lectura nos habla principalmente como se fue dando la educación al paso del tiempo y que la educación fuera impartida para las personas con bajos recursos. A continuación realice un pequeño resumen.
 
SIGLO XVIII-XIX.
Se muestra el ambiente de transición entre la educación tradicional del antiguo régimen y la liberal moderna a la que se aspira.
NO PUEDE HABER REPÚBLICA NO NACIÓN BIEN ORDENADA SI NO HAY BUENOS CUIDADANOS.
Antonio Álzate y José Ignacio Bartolache se empeñan en demostrar que los americanos son tan racionales como los europeos y que no son inferiores en genio, capacidad, virtudes y costumbres. Francisco María de Herrera, procurador del ayuntamiento de la Cuidad de México, solicitó el establecimiento de escuelas gratuitas.
SE AUTORIZA AL GOBIERNO PARA ARREGLAR LA ENSEÑANZA PÚBLICA EN TODOS SUS RAMOS.
Valentín Gómez Farías impulsa la reforma educativa junto con el doctor José María Luis Mora. Y se dictan diversas disposiciones para organizar, supervisar y controlar la educación elemental por parte del gobierno.
En primer lugar decretó la autorización para que el gobierno arreglara en todos sus ramos la educación pública, y se estableció la Dirección General de Instrucción Pública para el distrito y territorios de la federación.
QUERER LIBERTAD DE ENSEÑANZA Y VIGILANCIA ES QUERER LUZ Y TINIEBLAS.
La cima del debate educativo de alcanzó en el congreso constituyente. Después del triunfo de la revolución de Ayutla parecía inminente que en la nueva constitución se incorporarían los principios liberales esgrimidos hasta ahora.
Y efectivamente los preceptos constitucionales establecen el reconocimiento de los derechos del hombre como base y objeto de las instituciones sociales, la libertad del as personas.
COMPRENDER, AMAR Y AFIRMAR LAS INSTITUCIONES LIBERALES.
Terminada la guerra contra la intervención francesa y restaurada la república se renovaron las disquisiciones sobre la instrucción pública elemental, pero también las nuevas disposiciones políticas prometen un escenario propicio para llevar a cabo acciones concretas.
Esta difícil misión fue adjudicada a la escuela y a los maestros. Este amplio programa lo mismo comprendió el fomento a la unidad nacional y el amor a la patria.
 

LAS ESCUELAS LANCASTERIANAS EN LA CIUDAD DE MÉXICO.

En esta lectura se nos menciona que en 1822 cinco hombres prominentes de la ciudad de México fundaron una asociación filantrópica con el fin de promover la educación primaria entre las clases pobres. Llamaron a su organización Compañía Lancasteriana en honor de Joseph Lancaster, personaje ingles que había popularizado, a principios del siglo, una nueva técnica pedagógica por la cual los alumnos más avanzados enseñaban a sus compañeros. El método llamado sistema de enseñanza mutua, o sistema lancasteriano, se difundió con rapidez.
En México, aún antes de la fundación de la Compañía Lancasteriana, la enseñanza mutua se practicaba por algunos maestros particulares y en las escuelas gratuitas de algunos conventos. Pero la Compañía Lancasteriana fue la que ganó para el método la atención y el apoyo del gobierno y el público, e impulsó el establecimiento de escuelas de enseñanza mutua en toda la nación. Tan reconocida fue la fama de la enseñanza recíproca y el prestigio de los miembros de la asociación lancasteriana, que veinte años después de su fundación, en 1842, el gobierno nacional entregó a la Compañía Lancasteriana la Dirección de la Instrucción Primaria de toda la República Mexicana.
Siguiendo el método de Lancaster, un solo maestro podría enseñar de 200 hasta 1000 niños, lo que bajaba el costo de la educación. Los alumnos eran divididos en pequeños grupos de diez; cada grupo recibía la instrucción de un monitor o instructor, que era un nuño de más edad y más capacidad, previamente preparado por el director de la escuela.  Durante las dos décadas siguientes, el sistema lancasteriano se extendió a muchas escuelas particulares y fue declarado método oficial para las escuelas gratuitas municipales.
La escuela, ubicada en un edificio colonial, tenía uno de sus más grandes salones convertido en aula de clase donde cabían entra 100 y 300 niños. En fila, de frente al escritorio del maestro, se sucedían, una detrás de otra, largas mesas con bancos de madera para diez alumnos en cada banco. Además de "monitores particulares", había "monitores generales" y "de orden". Los monitores generales tomaban la asistencia, averiguaban la razón de la ausencia de un alumno, cuidaban los útiles de la enseñanza y los de orden administraban la disciplina.
Todos los monitores eran supervisados por el director de la escuela.
Al entrar a la escuela en la mañana, el niño se formaba en línea con sus compañeros de clase para la inspección de cara, manos y uñas. Al toque de una campanita de bronce, los niños marchaban al aula y se distribuían en las mesas por clases. Para escribir se usaban plumas de ave.
La idea clave del sistema lancasteriano fue que el niño debía ser constantemente activo.  El horario de la mayor parte de las escuelas era de 8:00 a las 12:00 y de las 2:00 a las 5:00. Terminadas las clases, los niños rezaban de rodillas y luego al compás de sucesivos toques de la campanita se paraban. Una vez fuera de los confines de la escuela, el niño quedaba sujeto a las influencias y condiciones de su familia.
La pobreza de los niños era la razón de que con frecuencia llagaran tarde a la escuela o estuvieran ausentes.
 

jueves, 2 de mayo de 2013

ARTICULO 3°

Es importante nosotros como docente conocer a fondo el articulo tercero de nuestra constitución política, que a continuación menciono.


Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado –Federación, Estados,

Distrito Federal y Municipios–, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias.

La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente, todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.

El Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos.

I. Garantizada por el artículo 24 la libertad de creencias, dicha educación será laica y, por tanto, se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa;

II. El criterio que orientará a esa educación se basará en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios.

Además:

a) Será democrático, considerando a la democracia no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo;

b) Será nacional, en cuanto –sin hostilidades ni exclusivismos - atenderá a la comprensión de nuestros problemas, al aprovechamiento de nuestros recursos, a la defensa de nuestra independencia política, al aseguramiento de nuestra independencia económica y a la continuidad y acrecentamiento de nuestra cultura; c) Contribuirá a la mejor convivencia humana, a fin de fortalecer el aprecio y respeto por la diversidad cultural, la dignidad de la persona, la integridad de la familia, la convicción del interés general de la sociedad, los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos, evitando los privilegios de razas, de religión, de grupos, de sexos o de individuos, y

d) Será de calidad, con base en el mejoramiento constante y el máximo logro académico de los educandos;

III. Para dar pleno cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo y en la fracción II, el Ejecutivo

Federal determinará los planes y programas de estudio de la educación preescolar, primaria, secundaria y normal para toda la República. Para tales efectos, el Ejecutivo Federal considerará la opinión de los gobiernos de los Estados y del Distrito Federal, así como de los diversos sectores sociales involucrados en la educación, los maestros y los padres de familia en los términos que la ley señale. Adicionalmente, el ingreso al servicio docente y la promoción a cargos con funciones de dirección o de supervisión en la educación básica y media superior que imparta el Estado, se llevarán a cabo mediante concursos de oposición que garanticen la idoneidad de los conocimientos y capacidades que correspondan. La ley reglamentaria fijará los criterios, los términos y condiciones de la evaluación obligatoria para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio profesional con pleno respeto a los derechos constitucionales de los trabajadores de la educación. Serán nulos todos los ingresos y promociones que no sean otorgados conforme a la ley. Lo dispuesto en este párrafo no será aplicable a las Instituciones a las que se refiere la fracción VII de este artículo;

IV. Toda la educación que el Estado imparta será gratuita;

V. Además de impartir la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior, señaladas en el primer párrafo, el Estado promoverá y atenderá todos los tipos y modalidades educativos –incluyendo la educación inicial y a la educación superior– necesarios para el desarrollo de la nación, apoyará la investigación científica y tecnológica, y alentará el fortalecimiento y difusión de nuestra cultura;

VI. Los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y modalidades. En los términos que establezca la ley, el Estado otorgará y retirará el reconocimiento de validez oficial a los estudios que se realicen en planteles particulares. En el caso de la educación preescolar, primaria, secundaria y normal, los particulares deberán:

a) Impartir la educación con apego a los mismos fines y criterios que establecen el segundo párrafo y la fracción II, así como cumplir los planes y programas a que se refiere la fracción III, y

b) Obtener previamente, en cada caso, la autorización expresa del poder público, en los términos que establezca la ley;

VII. Las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas; realizarán sus fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios de este artículo, respetando la libertad de cátedra e investigación y de libre examen y discusión de las ideas; determinarán sus planes y programas; fijarán los términos de ingreso, promoción y permanencia de su personal académico; y administrarán su patrimonio. Las relaciones laborales, tanto del personal académico como del administrativo, se normarán por el apartado A del artículo 123 de esta Constitución, en los términos y con las modalidades que establezca la Ley Federal del Trabajo conforme a las características propias de un trabajo especial, de manera que concuerden con la autonomía, la libertad de cátedra e investigación y los fines de las instituciones a que esta fracción se refiere;

VIII. El Congreso de la Unión, con el fin de unificar y coordinar la educación en toda la República, expedirá las leyes necesarias, destinadas a distribuir la función social educativa entre la Federación, los Estados y los Municipios, a fijar las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público y a señalar las sanciones aplicables a los funcionarios que no cumplan o no hagan cumplir las disposiciones relativas, lo mismo que a todos aquellos que las infrinjan, y

IX. Para garantizar la prestación de servicios educativos de calidad, se crea el Sistema Nacional de

Evaluación Educativa. La coordinación de dicho sistema estará a cargo del Instituto Nacional para la

Evaluación de la Educación. El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación será un organismo público autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Corresponderá al Instituto evaluar la calidad, el desempeño y resultados del sistema educativo nacional en la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. Para ello deberá:

a) Diseñar y realizar las mediciones que correspondan a componentes, procesos o resultados del sistema;

b) Expedir los lineamientos a los que se sujetarán las autoridades educativas federal y locales para llevar a cabo las funciones de evaluación que les corresponden, y

c) Generar y difundir información y, con base en ésta, emitir directrices que sean relevantes para contribuir a las decisiones tendientes a mejorar la calidad de la educación y su equidad, como factor esencial en la búsqueda de la igualdad social.

La Junta de Gobierno será el órgano de dirección del Instituto y estará compuesta por cinco integrantes. El Ejecutivo Federal someterá una terna a consideración de la Cámara de Senadores, la cual, con previa comparecencia de las personas propuestas, designará al integrante que deba cubrir la vacante. La designación se hará por el voto de las dos terceras partes de los integrantes de la Cámara de

Senadores presentes o, durante los recesos de esta, de la Comisión Permanente, dentro del improrrogable plazo de treinta días. Si la Cámara de Senadores no resolviere dentro de dicho plazo, ocupará el cargo de integrante de la Junta de Gobierno aquel que, dentro de dicha terna, designe el

Ejecutivo Federal.

En caso de que la Cámara de Senadores rechace la totalidad de la terna propuesta, el Ejecutivo

Federal someterá una nueva, en los términos del párrafo anterior. Si esta segunda terna fuera rechazada, ocupará el cargo la persona que dentro de dicha terna designe el Ejecutivo Federal.

Los integrantes de la Junta de Gobierno deberán ser personas con capacidad y experiencia en las materias de la competencia del Instituto y cumplir los requisitos que establezca la ley, desempeñarán su encargo por períodos de siete años en forma escalonada y podrán ser reelectos por una sola ocasión.

Los integrantes no podrán durar en su encargo más de catorce años. En caso de falta absoluta de alguno de ellos, el sustituto será nombrado para concluir el periodo respectivo. Sólo podrán ser removidos por causa grave en los términos del Título IV de esta Constitución y no podrán tener ningún otro empleo, cargo o comisión, con excepción de aquéllos en que actúen en representación del Instituto y de los no remunerados en actividades docentes, científicas, culturales o de beneficencia.

La Junta de Gobierno de manera colegiada nombrará a quien la presida, con voto mayoritario de tres de sus integrantes quien desempeñará dicho cargo por el tiempo que establezca la ley.

La ley establecerá las reglas para la organización y funcionamiento del Instituto, el cual regirá sus actividades con apego a los principios de independencia, transparencia, objetividad, pertinencia, diversidad e inclusión.

La ley establecerá los mecanismos y acciones necesarios que permitan al Instituto y a las autoridades educativas federal y locales una eficaz colaboración y coordinación para el mejor cumplimiento de sus respectivas funciones.